Salarios caídos abren debate por reforma

Imagine que lo corren de su empleo y que demanda por despido injustificado; el juicio tarda dos años pero, debido a la más reciente reforma laboral, usted sólo recibe lo que habría ganado –lo que se llama salarios caídos– en 12 meses y no en los 24 que tardó el asunto.

¿Le parece justo? El Decimosexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito consideró que no lo es y ha resuelto que es inconstitucional, una decisión que algunos expertos celebran con cautela, mientras que las autoridades esperan que sea peleada desde el gobierno federal.

Para que se convierta en la norma, la resolución del décimo sexto tribunal colegiado tendrá que ser respaldada por al menos cinco tribunales colegiados más, lo que permitiría llevar el caso a la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Con todo, expertos consideran que la resolución por sí misma pone en entredicho a la reforma laboral.

Paul Aguirre, abogado de la organización no gubernamental especializada en materia de trabajo Centro de Reflexión y Acción Laboral (Cereal), consideró que se hace justicia al trabajador y pone en evidencia una reforma laboral hecha a la medida de los patrones.

“Es un precedente muy importante, y pone en entredicho la reforma laboral”, aseveró.

Mientras tanto, Alfonso Librado García-Ortega, profesor del Departamento de Estudios Jurídicos del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades de la Universidad de Guadalajara (UdeG), manifestó su beneplácito por el golpe a esta adición al artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo, que violenta las disposiciones de la Organización Internacional del Trabajo y de la Constitución mexicana.

“Qué bueno que existan magistrados e impartidores de justicia valientes, que vayan en contra de los intereses de ciertos grupos”, alabó el experto.

“Debemos de defender a capa y espada a todos los trabajadores que son responsables y buscan día a día un salario que les permita tener una vida digna; aquí sí tenemos que apoyarlos en todo lo que podamos”.

 

Justicia lenta

En teoría, la reforma laboral –que entró en vigor en diciembre de 2012– obligaba a las autoridades a resolver los casos lo más pronto posible bajo la premisa de que si los juicios no duraban más de 12 meses, la limitación no sería un costo para los trabajadores. Esto, según el tribunal colegiado, no ocurrió.

“(Con) tal determinación se hace pagar al trabajador el costo de la tardanza de la resolución de los juicios, lo cual es imputable, en todo caso, al Estado”, se lee en la resolución de la corte.

Aguirre coincidió en el que la reforma laboral no ha cumplido con los objetivos que se planteó al limitar los salarios caídos a 12 meses: preservar los empleos y agilizar la resolución de los juicios laborales.

“Los juicios ahora no se resuelven, ni por poquito, de manera más rápida, ni tampoco se preservan las fuentes de empleo”, aseguró.

La limitación de pagar sólo un año de salarios caídos al trabajador, independientemente de la duración del juicio, provocó una “resistencia del patrón a no arreglar los juicios, ya que como no trae encima el costo de los salarios caídos, sólo paga un año en el peor de los casos, mientras hace batallar al trabajador para que ya no reclame y provocar otro factor: que el trabajador no defienda sus derechos”, continuó el abogado.

García-Ortega consideró que la determinación del décimo sexto tribunal será el verdadero incentivo para que las juntas locales y federales de conciliación y arbitraje “hagan el trabajo debido y no alarguen los asuntos deliberadamente”.

 

“Rapidez evitará debate”

El titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) del estado, Héctor Pizano Ramos, comentó que la resolución del tribunal, pese a no ser definitiva para ser acatada legalmente, pone de nuevo en discusión la necesidad de resolver las disputas ante conciliación y arbitraje de manera rápida.

“Debemos buscar cómo impartir la justicia en un plazo menor, ya no digamos 12 meses, sino hacerlo de manera inmediata para ya no tener la necesidad ni de una parte ni de otra de tener que considerar el tope de la indemnización hasta 12 meses en salarios caídos”, declaró el funcionario estatal.

Para Pizano Ramos, el debate no debería ser necesario si “quienes tengan la responsabilidad de impartir justicia y quienes, con ética, acuden a pedirla ante las juntas, podamos resolver la justicia en el plazo para que ni siquiera tengamos que discutirlo”.

El funcionario no considera que la decisión del tribunal ponga en evidencia la reforma laboral propuesta por la administración de Felipe Calderón Hinojosa y defendida por la de Enrique Peña Nieto.

“El sentido de la reforma (respecto a los salarios caídos) es que la justicia fuera pronta y expedita, buscar que quienes impartimos justicia laboral podamos impartirla en 12 meses, para por lo menos garantizar que en ese tiempo el trabajador perciba su indemnización si llega a ganar el juicio”, aseveró Pizano Ramos.

En ese sentido, la modificación legal pretende evitar que alguna parte actora del juicio, fuese el representante laboral o el patronal, retardaran el proceso con el propósito de “hacerlo enorme porque es una gran alcancía: sabes que puedes ganar el juicio, pero lo haces muy lento porque, al final de cuentas, me vas a pagar”, afirmó el secretario.

Otra ventaja derivada de la reforma, para Pizano Ramos, es el acercamiento entre obrero y patrón para evitar juicios interminables y, como consecuencia indirecta, elevar la productividad.

“Nunca piensas en contratar una persona para despedirla; ése no es el origen y el interés de la inversión que hace el patrón en una contratación”, mencionó el funcionario.

 

Decisión no cambia la ley

La decisión del decimosexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito no cambia la actual legislación, que se mantendrá hasta que al menos cinco tribunales acuerden la inconstitucionalidad de la misma.

El secretario del Trabajo y Previsión Social del estado, Héctor Pizano Ramos, ve cierto parecido entre este asunto y el de la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de avalar el derecho a consumir, cultivar y cosechar marihuana de un pequeño grupo de activistas sociales. Es decir, se abre el tema a discusión, aun sin existir transformaciones legales para todos.

“Si alguien cree que se le vulnera el derecho al no habérsele condenado a más de 12 meses de salarios en un procedimiento laboral, tendrá que ir a amparo a buscar que la justicia federal lo proteja en ese sentido, y habrá que ver si el criterio se repite”, explicó.

“Habrá que ver si con esto no se desencadenan una serie de amparos en todo el país que pudieran buscar que este criterio fuera preponderante”.

 

Vía NTR

 

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